DEFINICIÓN
La Quiebra es un proceso de ejecución general que tiene por objeto realizar el patrimonio de un deudor comerciante que sobresee el pago de sus obligaciones de un modo definitivo, a fin de repartir el importe entre sus acreedores en proporción a sus créditos.
Entendemos por "Revocación de Convenio" la rescisión o anulación del mismo, quedando éste sin efecto.
Puede producir esta casuística cualquiera de los motivos que implica la impugnación de los acuerdos de aprobación del convenio:
- Defectos en la forma prescrita para la convocatoria, celebración, deliberación y acuerdos de la junta
- Falta de personalidad o representación en alguno de los votantes, siempre que el voto decida la mayoría en número o cantidad
- Acuerdos fraudulentos entre el deudor y uno o más acreedores, y de estos entre sí, para votar a favor del convenio
- Exageración fraudulenta de créditos para procurar la mayoría de cantidad
- Inexactitud fraudulenta en el balance general de los negocios del fallido.
Pueden oponerse al mismo, tanto las partes litigantes como cualquier otro acreedor que posteriormente se presente a coadyuvar la oposición.