Definición
En la fase de calificación se determina el grado de culpabilidad del deudor en la insolvencia que origina el concurso, analizando si ha sido culpable o no.
Tiene lugar posteriormente a la aprobación judicial del convenio (en el que se establezca una quita superior a un tercio del importe de sus créditos o una espera superior a 3 años) y en todos los supuestos de apertura de liquidación.
Se califica concurso fortuito cuando la situación de insolvencia no es imputable al deudor, sino que se debe a situaciones de adversidad o coyunturales de las condiciones del mercado. Por tanto, no hay culpa o dolo grave en la generación de la misma.