DEFINICIÓN
Proceso declarativo que se aplicará por la cuantía, cuando el interés económico del pleito no exceda de 3.000,00 euros, independientemente de la materia, siempre que las demandas sean relativas a:
- Recuperación de la posesión de fincas rústicas o urbanas por falta de pago o por expiración del plazo.
- Recuperación de la posesión de la finca cedida en precario.
- Adquisición de la posesión de bienes por título hereditario.
- Retención o recuperación de la posesión.
- Suspensión de obra nueva.
- Derribo de obra ruinosa.
- Efectividad de derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad.
- Alimentos.
- Rectificación de noticias inexactas.
- Incumplimiento por el comprador de las obligaciones derivadas de los contratos inscritos en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles para obtener una sentencia de condena que permita dirigir la ejecución exclusivamente sobre el bien.
- Incumplimiento de un contrato de arrendamiento financiero o de venta a plazos con reserva de dominio, inscritos en el anterior Registro, para obtener la entrega del bien.
En la fase de embargo se procede a la retención o intervención de bienes por mandato judicial o autoridad competente, que tiene por objeto la posterior venta de éstos como garantía del pago de una reclamación de cantidad.
Orden de embargo.- si no existieren o fueren insuficientes las garantías sería el siguiente:
- Dinero efectivo o en cuentas abiertas en Entidades de Depósito
- Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo
- Sueldos, salarios y pensiones
- Bienes inmuebles
- Establecimientos mercantiles e industriales
- Metales preciosos, piedras finas, joyería?
- Frutos y rentas de toda especie
- Bienes muebles y semovientes
- Créditos, derechos y valores realizables a largo plazo.
No siendo embargables:
- Los bienes exceptuados de traba con carácter general por las leyes procesales u otras
- Los declarados inembargables en virtud de Ley
- Aquellos de cuya realización se presuma, que resulte producto insuficiente para la cobertura del coste de dicha realización.