INFOTEL, Información y Telecomunicaciones, S.A., pone a su disposición un sistema que le
obtener Certificados de Periodos de Inscripción del Instituto Nacional de Empleo
(INEM).
El precio del Certificado de Periodos de Inscripción es de 18
+ IVA incluido su envío por correo urgente,
que le facturaremos con el resto de su utilización del sistema AXESOR.
Si desea recibir el Certificado por Mensajero, los gastos de Mensajería son a portes debidos y suponen:
9,4 + IVA para envíos en la Península.
17 + IVA para envíos fuera de la Península. (Envío por mensajería: 2 días hábiles)
Al realizar su solicitud, deberá remitirnos, una fotocopia del DNI, junto con la
autorización firmada al gestor administrativo a la siguiente dirección:
axesor (Departamento de Gestoría Virtual)
C/ Graham Bell SN Edificio axesor.
18100
Armilla,
GRANADA
El tiempo de tramitación de las solicitudes es de 1 día hábil ( a contar desde la recepción
de la documentación).
Ponemos a su disposición un sistema de consulta y seguimiento on-line que le permite:
Conocer en todo momento el estado de tramitación de su solicitud, a través de
nuestro servicio de SEGUIMIENTO DE DOCUMENTOS.
Intercambiar mensajes acerca de su petición con un gestor de axesor.
Obtener, previo a la recepción del certificado por correo urgente o mensajero , un avance del
resultado de su solicitud por correo electrónico y, visualizarlo en el web.
INFOTEL, Información y Telecomunicaciones, S.A., no se hace responsable de los retrasos
en las contestaciones provinentes del Instituto Nacional de Empleo , así como de
los posibles extravíos de documentación en los envíos de documentos a través del
organismo nacional de CORREOS Y TELÉGRAFOS.
Para la resolución de cualquier controversia judicial derivada de
la interpretación y/o cumplimiento del contrato, las partes, con
renuncia a cualquier otro fuero general o especial que pudiera
corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de Granada
capital. No obstante, de tener el cliente la consideración de
"consumidor", no le será de aplicación la cláusula de sumisión antes
expuesta, sino que el fuero aplicable será el que en cada momento le
corresponda en función de dicha consideración.