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Cuantía de las ayudas directas y requisitos para recibirlas

Cuantía de las ayudas directas y requisitos para recibirlas

Las ayudas directas para empresas y autónomos anunciadas por el Gobierno en febrero están a punto de ser una realidad. Se trata de 7.000 millones que fueron aprobados en marzo en Consejo de Ministros, aunque serán las comunidades autónomas las encargadas de distribuirlos. El Real Decreto-ley 6/2021, del 20 de abril articula las cuantías de las medidas, la capacidad de las autonomías para ampliar los sectores afectados y los requisitos necesarios para poder recibirlas.

Al contrario de las medidas que venían aprobándose durante la pandemia, en esta ocasión se trata de ayudas directas que las empresas y los autónomos pueden emplear, por ejemplo, para saldar las deudas contraídas desde marzo 2020 por el bajón de ingresos provocado por los parones causados por el COVID. No solo eso, también se regulan aplazamientos y fraccionamientos del pago de deudas derivadas del reembolso y/o reintegro de ayudas o préstamos concedidos por la Administración General del Estado. Además, las comunidades podrán incluir a determinadas empresas o autónomos "atendiendo a circunstancias excepcionales acontecidas en 2019 debidamente justificadas". Es decir, se amplía el abanico de pérdidas a 2019, aunque solo en determinados casos excepcionales.

Requisitos para recibirlas

  • No estar en concurso de acreedores.
  • Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y la administración tributaria.
  • No tener la residencia de la empresa en un paraíso fiscal.
  • No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
  • Que el volumen de ingresos declarados en el IVA haya caído más de un 30% en 2020 comparado con 2019.
  • No haber parado la actividad en el momento de la solicitud y mantenerla al menos hasta junio de 2022.
  • No repartir dividendos ni aumentar el salario de los directivos durante dos años.

Según la norma, esto se podrá aplicar durante 2021 y 2022 siempre que las restricciones por la pandemia "hayan provocado periodos de inactividad del obligado al pago, reducción en el volumen de sus ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor". Además, para demostrar este extremo, deberán presentar un plan de viabilidad que cubra, al menos, el periodo de plazo de pagos que se contemple en el aplazamiento o fraccionamiento.

Cuantía de las ayudas

Hay diferentes supuestos, pero fundamentalmente las ayudas por destinatario no podrán superar los siguientes límites máximos:

a) 3.000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

b) Para aquellos empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30% en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda máxima que se concederá será del:

  • El 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados.
  • El 20% del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de 10 empleados.

La ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.

Quejas de autónomos y pymes

La tardanza en recibir estas ayudas después de más de dos meses de su anuncio está impacientando a los autónomos y empresarios. El presidente de CEPYME, Gerardo Cuerva ha denunciado que “no han recibido un solo euro”. “De los 7.000 millones que gestionan las comunidades autónomas no se ha movido un solo euro”, ha recalcado recientemente en las jornadas “Situación de la pyme: reapertura sin recuperación” organizada por la patronal de la pequeña y mediana empresa. Cuerva ha apuntado directamente al Gobierno como culpable de la lentitud en la concesión de estas ayudas. “Los sistemas para la concesión de estas ayudas que ha decidido el Gobierno son ineficientes”.

En este mismo foro, Lorenzo Amor, presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), ha culpado al “farragoso” sistema ideado por el Ejecutivo del retraso en la inyección del dinero. El presidente de ATA considera que las comunidades están teniendo dificultades para repartir las ayudas debido a la complicada redacción de la norma.

Rocío Regidor. Licenciada en Periodismo y Económicas y Experta en Gestión de renta variable con derivados por el Instituto BME. Comenzó su carrera periodística en la redacción de Radio Libertad hace más de diez años. Más tarde aterrizó en Libre Mercado (Libertad Digital) elaborando todo tipo de contenido de temática económica. Actualmente es redactora de economía de los informativos de esRadio además de presentadora de los informativos regionales. Desde hace un tiempo colabora en la revista Capital Privado de elEconomista, una publicación mensual sobre venture capital, M&A y otras tendencias.

Categorías: Estudios y Análisis
Etiquetas: ayuda empresas España pymes requisitos

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