Las pymes afrontan un trimestre complejo que podría suponer en algunos casos el punto de inflexión para su continuidad o su cierre definitivo. Sin superar del todo las restricciones impuestas en muchas comunidades autónomas por la segunda ola, los datos de incidencia del virus y la situación de los países vecinos indican que la tercera ola está ya entre nosotros. Ante la gravedad de la virulencia de la nueva cepa británica y la elevada mortalidad que están experimentando países como Alemania, muchos gobiernos europeos están optando por endurecer al extremo las restricciones. Pese a que el Gobierno español insiste en que no se contempla, por el momento, un confinamiento como el de marzo, son muchas las regiones que ya están restringiendo movilidad, aforos en locales y optando por el cierre de la hostelería. A esto hay que unir la época del año en la que nos encontramos que no invita a consumir en las terrazas que se habían convertido en la vía de escape de la restauración para intentar salvar los muebles.
Un inicio de año que llega tras meses muy difíciles en materia económica. El ejercicio de 2020 ha sido el peor de la serie histórica para el emprendimiento. Solo se crearon 76.189 empresas, un 18,73% menos interanual y el menor número desde 2008, según el último Radar Empresarial de Concursos de Acreedores y Creación de Empresas publicado por axesor. Respecto a los concursos de acreedores, y pese a las medidas adoptadas por el Gobierno el pasado noviembre para evitar los cierres de empresas solventes afectadas por la crisis, la reducción fue del 12,92%. De hecho, en el mes de diciembre se incrementaron un 4,35% interanual, según este mismo estudio. Con ello en el acumulado del año se han registrado un total de 4.192.
En medio de este contexto difícil, muchas pymes en España disponen de varias herramientas para afrontar situaciones temporales de dificultad en las empresas y que están disponibles en la legislación para su uso además de la aplicación de los ERTE o ERE. Estas son principalmente la refinanciación, el preconcurso, la transmisión de la unidad productiva o el convenio anticipado.
- Refinanciación: se puede llevar a cabo cuando exista un plan de viabilidad empresarial que permita estimar los ingresos y los gastos que confirme una liquidez suficiente para atender los compromisos del proceso.
- Transmisión de la unidad productiva: cuando la empresa dispone de un plan de viabilidad razonable, se puede conservar la actividad empresarial a través de la transmisión de la unidad productiva aun cuando no se haya aprobado un acuerdo con los acreedores.
- Preconcurso: otorga a los acreedores un periodo para negociar un escenario preconcursal de manera que se facilita la llegada a acuerdos.
- Convenio anticipado: se puede activar cuando la empresa no consiga alcanzar un acuerdo con todos los acreedores acerca de su refinanciación o reestructuración. Esto permite que se pueda plantear a los accionistas mayoritarios una propuesta de convenio de manera que se haga extensible al resto de acreedores los términos aprobados por la mayoría.
Cuando empresa o autónomo atraviese por momentos complejos, los expertos consideran esencial contar con un Plan de Reestructuración que se anticipe a la situación y un asesoramiento integral continuado en el tiempo. Así, se pueden llevar a cabo acciones de carácter preventivo lo que ayuda a reaccionar a tiempo ante situaciones adversas.
¿Subastas de bienes de la empresa?
Tras la entrada en vigor este otoño del texto refundido de la Ley Concursal, se permite que las subastas judiciales y la liquidación de activos se lleve a cabo a través de entidades especializadas externas al juzgado. En este punto hay que diferenciar dos escenarios muy distintos: que la empresa no se encuentre inmersa en un concurso de acreedores o que si lo esté. En este caso, una empresa puede subastar parte de sus bienes por distintas razones ya sea desinversión, deslocalización o venta de estocajes que no tienen salidas por los circuitos normales.
En el caso de las empresas que sí están en concurso de acreedores, el proceso se enmarca mayoritariamente dentro de la fase de liquidación. El administrador concursal, a través del Plan de Liquidación, que es la hoja de ruta que debe seguir en la liquidación, puede proponer la venta a través de estas subastas. Esta propuesta, debe ser ratificada posteriormente por el Juez. Recordemos que aunque la mayoría de concursos en España acaban en la liquidación de la empresa, hay casos en los que puede sobrevivir y caminar de forma más ligera tras liquidar varias partes de su negocio e incluso transmitiendo parte de la unidad productiva como hemos comentado anteriormente.
Claves para resistir
Esta crisis, mucho más intensa y duradera de lo que muchos preveían en marzo, obliga a las pymes a adaptar la estructura de gasto. Recientemente, la patronal de las pequeñas empresas, CEPYME celebró una jornada con varios expertos bajo el nombre Adaptar la pyme a una crisis más larga con el objetivo de lanzar a las pequeñas y medianas empresas un mensaje de responsabilidad en su gestión interna.
Gerardo Cuerva, presidente de CEPYME, hizo hincapié en que “las pymes deben ajustarse por sí solas, sin esperar ayudas del gobierno”. Centrarse en la liquidez, intentar renegociar las deudas, ahorrar costes y, por supuesto, digitalizarse fueron algunos de los consejos de los expertos.
Rocío Regidor. Licenciada en Periodismo y Económicas y Experta en Gestión de renta variable con derivados por el Instituto BME. Comenzó su carrera periodística en la redacción de Radio Libertad hace más de diez años. Más tarde aterrizó en Libre Mercado (Libertad Digital) elaborando todo tipo de contenido de temática económica. Actualmente es redactora de economía de los informativos de esRadio además de presentadora de los informativos regionales. Desde hace un tiempo colabora en la revista Capital Privado de elEconomista, una publicación mensual sobre venture capital, M&A y otras tendencias.