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Ley de Morosidad: nuevos plazos de pago para 2013

Ley de Morosidad - plazos de pago 2013

Como explicamos hace un año por estas fechas en nuestro artículo Ley de Morosidad: Plazos de pago se reducen en 2012, la Ley de Morosidad viene a imponer medidas para mejorar el comportamiento de pagos en España y así evitar posibles situaciones de impago y los perjuicios que se derivan de éstos para la economía española. Uno de los aspectos clave que la Ley regula para alcanzar su objetivo era fijar una reducción paulatina de los plazos de pago hasta llegar a su objetivo en 2013, prohibiendo que las partes fijen un plazo de pago superior a 60 días en caso de empresas y 30 días en caso de las Administraciones Públicas.

Por tanto, desde el 1 de enero de 2013, esos serán los plazos máximos de pago que las partes podrán fijar, quedando detallados en la siguiente tabla.

 

Plazos máximos de pago para 2013*

SUJETO PAGADOR Hasta el 31/12/2010 2011 2012 2013
Empresas privadas 85 días 75 días 60 días
Administraciones Públicas 55 días 50 días 40 días 30 días
Administraciones Públicas con Empresas constructoras de obra civil con contrato en vigor 120 días 90 días 60 días
Transacciones de alimentación frescos y perecederos 30 días

  *Plazos máximos a contar desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación de servicios.

 

En cuanto a la evolución legislativa en la materia, hay que tener en cuenta que el gobierno debiera, antes de mediados del mes de marzo, adaptar la actual normativa española para transponer la Directiva Europea 2011/7/UE de 16 de febrero de 2011 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. En tal sentido, la Directiva contempla como norma general este mismo plazo de pago de 60 días para los contratos entre empresas, y además introduce otros cambios que sin duda ayudarán a mejorar el sistema, siendo muy positivo el hecho de permitir a los Estados adoptar medidas más estrictas que las contempladas en la propia y “que sean más favorables para el acreedor que las necesarias para cumplir la presente Directiva”, lo que debiera servir al legislador de nuestro país para idear un régimen sancionador a aplicar en caso de los incumplimientos de las obligaciones establecidas, entre ellos la agilidad y eficacia en los pagos que como leitmotiv persigue la norma.

 

Información de empresasLa morosidad ha acabado con muchas empresas en España. No te arriesgues y consulta el Informe axesor 360º para asegurarte de que las empresas con las que te relacionas no tienen ningún impago.

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Para más información sobre la Ley de Morosidad y su aplicación en España, accede a mi anterior artículo clicando aquí.

José Ramón Moreno, Responsable del Departamento Jurídico en axesor

 

Categorías: Temas empresariales

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