BASES DEL SORTEO “ENCUESTA DE SATISFACCIÓN MONITORIZA® 2020”

El sorteo “Encuesta de Satisfacción monitoriza® 2020” es una acción promocional de la sociedad denominada “AXESOR CONOCER PARA DECIDIR, S.A.” (en adelante, axesor o el Anunciante) con NIF A-18413302 y domicilio social en C/ Graham Bell, s/n Edificio axesor, 18100 Armilla - Granada, dirigida a clientes de la compañía, residentes todos ellos en el territorio nacional, que se llevará a cabo el 5 de noviembre de 2020, en las condiciones que más adelante se detallan.

PRIMERA.- OBJETO DE LA PROMOCIÓN.

El objetivo es realizar una encuesta cualitativa a clientes de la plataforma monitoriza®, que permanecerá activa desde el 7 de octubre de 2020 hasta la fecha en que se realice el sorteo, consistente en conocer su opinión sobre la empresa así como de los productos y servicios que ofrece.

SEGUNDA.- PREMIO.

El premio de la presente promoción consiste en el sorteo de una "tableta electrónica" marca Apple (modelo Ipad Wi-Fi 10,2 pulgadas 32 GB), valorado en 379 € (IVA incluido).

TERCERA.- PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN.

Participarán en la promoción 339 clientes de axesor seleccionados previamente.

La participación es totalmente gratuita, condicionada a la realización completa de la encuesta.

Quedan excluidos de este sorteo los empleados de axesor y sus familiares así como el resto de personal relacionado directa o indirectamente en la realización del presente sorteo.

CUARTA.- MECÁNICA DEL SORTEO.

Durante el periodo de la promoción se enviarán a los clientes seleccionados un correo electrónico con un enlace a una dirección de Internet.

A partir del enlace dado en el correo electrónico promocional, los clientes accederán a la encuesta online.

QUINTA.- SORTEO.

El sorteo se celebrará el día 5 de noviembre de 2020.

axesor elaborará la relación informatizada o soporte en disquete informático, comprensivo de todos los participantes que hubieren cumplido con los requisitos anteriormente referenciados, entre los que se sorteará una "tableta electrónica" marca Apple (Ipad Wi-Fi 10,2 pulgadas 32GB).

El suplente sustituirá a los ganadores para el caso de identificación incompleta, incorrecta o incumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases o imposibilidad de localizarle transcurridos los plazos a los que se refiere la siguiente base.

El Anunciante se reserva el derecho de modificar a su conveniencia la fecha del sorteo, en cuyo caso lo publicará en la web de axesor.

SEXTA.- PUBLICACIÓN DEL GANADOR.

axesor notificará vía telefónica el premio obtenido a la persona de contacto que figura en su base de datos de Clientes. Si los premiados no son localizados telefónicamente transcurridos 15 días después de la celebración del sorteo, perderán el derecho al premio, correspondiéndole éste al primero de los reservas y así sucesivamente. En ese caso se contactará telefónicamente con el siguiente ganador en la lista, durante el plazo de una semana natural para lograr la comunicación al mismo y de la misma forma, sucesivamente.

Si un ganador incumpliera alguna de las bases de la presente promoción perdería el premio y pasaría al primero en reserva, y así sucesivamente hasta que siendo imposible asignarlo, hubiera que declarar el premio desierto.

SÉPTIMA.- CONDICIONES.

  1. Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción, aceptan sus bases y el criterio de axesor en cuanto la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente promoción.
  2. Los datos facilitados por los participantes, deberán ser veraces. Caso de que éstos fueran falsos, y resultare ganador del premio de la presente promoción, éste pasará al siguiente en reserva.
  3. El premio objeto de la promoción es personal e intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación económica o de otro tipo a petición del ganador.
  4. axesor se reserva el derecho a modificar el premio, por otro de igual o superior valor promocional de considerarlo necesario, comprometiéndose, en todo caso, a publicar la modificación  a través de www.axesor.es

OCTAVA.- ENTREGA DEL PREMIO.

Una vez conocido el nombre de los ganadores del premio final, axesor enviará dichos premios (gastos de envío incluidos) a las direcciones que nos hayan facilitado los ganadores en el correo o llamada telefónica de confirmación del premio.

El período de reclamación del sorteo finaliza transcurridos quince días desde la fecha de comunicación a los agraciados del premio obtenido.

axesor no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a Internet o a terceros que pueda afectar al envío. En ningún caso axesor será responsable de los servicios que cualquier otra entidad con la que ésta colabore, presten a los agraciados como consecuencia del premio entregado.

NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS.

Los datos de carácter personal de los participantes necesarios para la realización del sorteo, han sido previamente recabados por la entidad axesor y legalmente facilitados por los clientes, desde el momento de la formalización de la relación comercial entre las partes, habiéndose informado previamente y recabado el consentimiento para ello a través de las cláusulas generales de contratación de productos y servicios de la compañía.

DÉCIMA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.

Al presente Sorteo le es de aplicación la legislación española en todo lo concerniente a su celebración y aplicación de impuestos de cada una de las partes.

UNDÉCIMA.- DEPÓSITO DE LAS BASES.

Las presentes bases aparecerán recogidas y disponibles al público en la web https://www.axesor.es/bases-sorteos/bases-satisfaccion-irj-2020/