Solicitud de Recurso de Alzada de una Marca o Nombre Comercial
Una vez denegada la solicitud de registro de una marca o nombre comercial, se abre un plazo de un mes, a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, para presentar recurso de alzada. Axesor se encarga de preparar y presentar el oportuno escrito de recurso frente a la denegación.
Solicitud de Recurso de Alzada de una Marca o Nombre Comercial
Una vez denegada la solicitud de registro de una marca o nombre comercial, se abre un plazo de un mes, a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, para presentar recurso de alzada. Axesor se encarga de preparar y presentar el oportuno escrito de recurso frente a la denegación.
Solicitud de Recurso de Alzada de una Marca o Nombre Comercial
Una vez denegada la solicitud de registro de una marca o nombre comercial, se abre un plazo de un mes, a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, para presentar recurso de alzada. Axesor se encarga de preparar y presentar el oportuno escrito de recurso frente a la denegación.
No tiene que mandar nada si solicitó su marca, nombre comercial o rótulo con axesor
Mande su documentación a
> nombre
Axesor conocer para decidir, dpto. de Gestoría Virtual
> dirección
C/ Alcalá nº 52 - 2ª Planta
> población
MADRID
> provincia
MADRID
> código postal
28014
Solicitud de Recurso de Alzada de una Marca o Nombre Comercial
Una vez denegada la solicitud de registro de una marca o nombre comercial, se abre un plazo de un mes, a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, para presentar recurso de alzada. Axesor se encarga de preparar y presentar el oportuno escrito de recurso frente a la denegación.
El precio de la presentación y preparación de un escrito de oposición a una marca, nombre comercial o rótulo de establecimiento es de 300 + IVA por la primera clase y
90 + IVA por clase adicional que le facturaremos junto con el resto de su utilización del sistema AXESOR®.
Si no dispone de crédito suficiente para este producto el pago se realizará por medio de transferencia bancaria a la cuenta de AXESOR conocer para decidir. No se iniciará esta gestión en tanto no exista constancia de la recepción de la misma.
La preparación y depósito del escrito de alzada a una marca o nombre comerciál se realizará a través de
Agencias o Despachos colaboradores de AXESOR conocer para decidir para el desarrollo de los
servicios de Protección de marcas.
El tiempo medio para la presentación del recurso es de 7 días hábiles desde la recepción de documentación. En
cualquier caso para presentar el recurso axesor debe recibir
la orden por parte del cliente con una antelación mínima de 48 horas
previas a que expire el plazo legalmente establecido para presentarlo, que según la ley de Marcas de 7 de Diciembre de 2001 es de dos
meses desde que se hubiera publicado la denegación de la marca o nombre
comercial en el BOPI.
Una vez presentado el recurso de alzada en la
Oficina Española de Patentes y Marcas se enviará digitalizado con el sello
de registro que acredite la fecha de presentación, por correo electrónico.
Ponemos a su disposición un sistema de consulta y seguimiento on-line que le permite:
Conocer en todo momento el estado de tramitación de su solicitud, a través de
nuestro servicio de SEGUIMIENTO DE DOCUMENTOS.
Intercambiar mensajes acerca de su petición con un gestor de AXESOR CONOCER PARA DECIDIR S.A.
AXESOR conocer para decidir S.A., no
se hace responsable de los retrasos en las comunicaciones provinentes de la
Oficina Española de Patentes y Marcas, así como de los posibles retrasos y
extravíos de documentación en los envíos de documentos a través del organismo
nacional de CORREOS Y TELÉGRAFOS.
Para la resolución de cualquier controversia judicial derivada de
la interpretación y/o cumplimiento del contrato, las partes, con
renuncia a cualquier otro fuero general o especial que pudiera
corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de Granada
capital. No obstante, de tener el cliente la consideración de
"consumidor", no le será de aplicación la cláusula de sumisión antes
expuesta, sino que el fuero aplicable será el que en cada momento le
corresponda en función de dicha consideración.