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Suspenso de Marca o Nombre Comercial Ejemplo   Plazo 250 €
(302,50 € IVA incluido)

 
 
Una vez presentada la solicitud de marca nacional o nombre comercial en la OEPM, se abre un plazo de dos meses a partir de la publicación en el BOPI para formular oposiciones. Si se presenta alguna oposición por otro titular que se siente perjudicado, o el examinador de oficio encuentra algún reparo, el expediente cae en suspenso.

axesor se encarga de presentar, ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, el correspondiente escrito con las alegaciones pertinentes para contestar al suspenso y evitar la denegación de la solicitud.

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 MARCA O NOMBRE COMERCIAL
Indique el expediente que ha caído en suspenso
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Si solicitó su marca o nombre comercial con axesor, introduzca el número de expediente y pulse aquí
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 Clases de producto o servicio
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 Si lo desea, nuestro servicio de Atención al Cliente podrá indicarle la clase correpondiente al producto o servicio que oferta.
 Puede ver la lista completa de clases pulsando aquí.
 Actividad (Sólo si es un Nombre Comercial)
 
 TITULAR
Pulse aquí si desea que se completen automáticamente los datos del titular con los de su contrato, en caso contrario rellene directamente cada uno de los campos
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 Domicilio *  Población *  Provincia *
     
 País *  Código Postal *  Nacionalidad *
     
AYUDA FORMULARIO

  • Los datos con asterisco * son obligatorios.
  • El suspenso de una marca, nombre comercial o rótulo no significa que hayan sido denegados.
  • Según la Ley 17/2001 de 7 de Diciembre de Marcas el plazo para presentar el escrito de contestación al suspenso es de un mes desde la publicación en el B.O.P.I.
  • La no presentación del escrito de contestación al suspenso no interrumpe la tramitación de su marca, nombre comercial o rótulo hasta la fecha de resolución definitiva por la que se concede o deniega su solicitud.

 

Información básica de Protección de Datos:

  • Responsable: AXESOR CONOCER PARA DECIDIR S.A. A-18413302

  • Finalidad: Mantenimiento de la relación contractual establecida entre las partes, la gestión de su suscripción, la asistencia para la correcta contratación o recordatorio de finalización de la misma, y la resolución de consultas planteadas o poder atender las reclamaciones que puedan tener lugar. Igualmente se utilizarán los datos para el envío, consentido, de información técnica, operativa o comercial acerca de productos y servicios de terceras empresas, actualmente y en el futuro, directamente por AXESOR a por aquellas.

  • Legitimación: La gestión, desarrollo y cumplimiento de la relación contractual o precontractual. Interés legítimo en la asistencia para la correcta contratación o recordatorio de finalización de la misma, así como en determinadas cesiones de datos entre las empresas del grupo, o para la remisión de publicidad de servicios similares. El Consentimiento en lo que respecta al envío de comunicaciones comerciales de terceros y/o cesión de datos a terceros con la misma finalidad, incluidas las empresas del Grupo Axesor.

  • Destinatarios: Organismos oficiales cuando exista una obligación legal. No hay trasferencias internacionales. Existen cesionarios que pueden acceder a sus datos personales para poder prestarles los servicios contratados y otros terceros para el envío de información comercial. Ver apartado de Información adicional.

  • Derechos: Tiene derechos a acceder, rectificar, oponerse o suprimir sus datos, así como otros derechos explicados en la información adicional.

  • Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra
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Una vez presentada la solicitud de marca nacional o nombre comercial en la OEPM, se abre un plazo de dos meses a partir de la publicación en el BOPI para formular oposiciones. Si se presenta alguna oposición por otro titular que se siente perjudicado, o el examinador de oficio encuentra algún reparo, el expediente cae en suspenso.

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Documentación necesaria
  • No tiene que mandar nada si solicitó su marca, nombre comercial o rótulo con axesor
Mande su documentación a
  > nombre  axesor (Departamento de Gestoría Virtual, Gestión de Marcas)
  > dirección  C/ Graham Bell s/n, Edificio axesor. Parque Empresarial San Isidro
  > población  Armilla
  > provincia  Granada
  > código postal  18100
 
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Acepto las Condiciones Específicas del Servicio y la Política de Privacidad Comprar
  • El precio de la Contestación al Suspenso de una marca o nombre comercial es de 250 + IVA por la primera clase y 79 + IVA por clase adicional que le facturaremos junto con el resto de su utilización del sistema axesor®.
  • Si no dispone de crédito suficiente para este producto el pago se realizará por medio de transferencia bancaria a la cuenta de AXESOR CONOCER PARA DECIDIR. No se iniciará esta gestión en tanto no exista constancia de la recepción de la misma.
  • La preparación y depósito del escrito de suspenso se realizará a través de Agencias o Despachos colaboradores de AXESOR CONOCER PARA DECIDIR para el desarrollo de los servicios de Protección de marcas.
  • El tiempo medio para la presentación del escrito de suspenso es de 7 días hábiles desde la recepción de documentación. En cualquier caso para presentar el escrito de suspenso axesor debe recibir la orden por parte del cliente con una antelación mínima de 48 horas previas a que expire el plazo legalmente establecido para presentar el escrito, que según la ley de Marcas de 7 de Diciembre de 2001 es de un mes desde que se hubiera publicado el suspenso en el BOPI.
  • Una vez presentado el escrito de contestación al suspenso en la Oficina Española de Patentes y Marcas se enviará digitalizado con el sello de registro que acredite la fecha de presentación, por correo electrónico.
  • Ponemos a su disposición un sistema de consulta y seguimiento online que le permite:
    • Conocer en todo momento el estado de tramitación de su solicitud, a través de nuestro servicio de SEGUIMIENTO DE DOCUMENTOS.
    • Intercambiar mensajes acerca de su petición con un gestor de axesor CONOCER PARA DECIDIR S.A.
  • AXESOR CONOCER PARA DECIDIR S.A., no se hace responsable de los retrasos en las comunicaciones provinentes de la Oficina Española de Patentes y Marcas, así como de los posibles retrasos y extravíos de documentación en los envíos de documentos a través del organismo nacional de CORREOS Y TELÉGRAFOS.
  • Para la resolución de cualquier controversia judicial derivada de la interpretación y/o cumplimiento del contrato, las partes, con renuncia a cualquier otro fuero general o especial que pudiera corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de Granada capital. No obstante, de tener el cliente la consideración de "consumidor", no le será de aplicación la cláusula de sumisión antes expuesta, sino que el fuero aplicable será el que en cada momento le corresponda en función de dicha consideración.
Sí, acepto las condiciones.
 
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