DEFINICIÓN
Mecanismo a través del cual la sociedad puede proceder a adecuar las acciones existentes a la nueva cifra de capital resultante de la reducción.
Comprende un doble significado:
- La recuperación por su titular del importe invertido en su adquisición.
- Supresión total o parcial de los derechos incorporados a la acción.
Supone, como regla general, la disminución del número de acciones, mediante su anulación y reembolso, manteniendo el valor nominal de las restantes.
Si se hubiera acordado la reducción del capital social mediante amortización de acciones y la medida no afectase por igual a todas ellas, la escritura pública deberá expresar que tal reducción va a ser acordada por la Junta General y por la mayoría de los accionistas afectados.
Amortización judicial.- Es el único caso en que la reducción de capital se produce al margen de la decisión de la junta. Procede:
- Cuando la sociedad adquiere sus propias acciones o las emitidas por su sociedad dominante, si no procede a su enajenación en el plazo de 1 año, a contar desde la fecha de la primera adquisición, o a su amortización inmediata con la consiguiente reducción de capital, la cual ha de ser acordada por Junta General y por la mayoría de los accionistas afectados.
- Cuando en los supuestos de libre adquisición de acciones propias, la sociedad no procede a enajenar las acciones adquiridas en el plazo de 3 años a contar desde su adquisición.
Amortización de participaciones.- el socio separado o excluido de una sociedad tiene derecho a recibir el valor razonable de sus participaciones sociales en concepto de amortización de las mismas, con la consiguiente reducción del capital.
CONSECUENCIAS
Cuando la amortización afecta a la totalidad de las acciones, nos hallamos ante una reducción del capital a cero, con las consecuencias que de ello se derivan:
- La disolución de la sociedad salvo que, con carácter simultáneo se acuerde su aumento hasta al menos dicha cifra.
- La transformación de la sociedad en otro tipo social en la que encaja la nueva cifra de capital adoptada.
La reducción de capital implica amortización de acciones mediante reembolso y la medida no afecta por igual a todas las acciones.